Las solicitudes de registro y de licencia de importación, al igual que las solicitudes para sus modificaciones, deberán diligenciarse íntegramente en idioma español, con excepción de los nombres, las marcas, las patentes, los títulos o los términos de idioma extranjero de imposible traducción.
Así mismo, los valores se indicaran en dólares de los Estados Unidos de América en términos FOB puerto de embarque. Las solicitudes de registros y de licencias de importación deben cumplir con los requisitos, permisos, certificaciones, autorizaciones o vistos buenos previos a la importación exigidos por las entidades competentes vinculadas a la VUCE, establecidos en los artículos 17 y 25 del Decreto 925 de 2013. La licencia o registro de importación se debe diligenciar en la Ventanilla Única de Comercio Exterior-VUCE, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo |